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NLRB Ordena la Reincorporación Condicional de Trabajadores Indocumentados

May 11, 2015 by

Cuando un empleador conscientemente emplea individuos que no tienen autorización para trabajar en los Estados Unidos, y los despide en violación de la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA por su sigla en inglés), los empleados pueden ser reincorporados a sus posiciones anteriores o equivalentes con la condición de que presenten una prueba de su autorización para trabajar dentro de un período de tiempo razonable.

Esta fue la decisión de la Junta Nacional de Relaciones Laborales en Mezonos Bakery.  En ese caso, los siete trabajadores indocumentados estaban empleados por Mezonos Maven Bakery, algunos por ocho años.  El empleador no había pedido documentos de autorización de trabajo y los trabajadores nunca habían proporcionado dicha documentación.  Sin embargo, cuando los trabajadores colectivamente se quejaron de que su supervisor los maltrataba, la empresa los despidió.  La Junta determinó que los despidos eran represalia e ilegal y ordenó que la empresa reintegrara los trabajadores de forma condicional sin pago retroactivo.

La Junta no decidió qué constituye un período de tiempo razonable, pero señaló que depende de las circunstancias de cada caso.  La Junta también señaló que en su decisión anterior, Sure-Tan Inc., cuando el empleador había tomado represalias contra trabajadores indocumentados debido a su actividad sindical.  El empleador fue ordenado a mantener abierta una oferta de empleo por un período de cuatro años para permitir que los trabajadores tuvieran un período de tiempo razonable para arreglar su regreso legal a los EE.UU.

La Junta explicó que la reincorporación condicional de trabajadores indocumentados no está prohibida por la ley federal.  En primer lugar, la Corte Suprema de Estados Unidos ha aprobado la reincorporación condicional en otros casos y encontró que no impidió que el empleador cumpliera con la Ley de Inmigración y Nacionalidad.  En Mezonos Bakery, la Junta extendió este razonamiento, explicando que la reincorporación de un trabajador indocumentado, bajo la condición de que el trabajador complete un Formulario I-9 y que proporcione la prueba de la autorización para trabajar, no impide que un empleador cumpliera con la Ley de Reforma y Control de la Inmigración (IRCA por su sigla en inglés).  En segundo lugar, la reincorporación condicional crea un equilibrio adecuado entre el derecho de los trabajadores indocumentados a estar libres de represalias por su actividad sindical o por participar en acciones colectivas protegidas, y las obligaciones del empleador bajo IRCA.  Por último, la Junta aclaró que aunque la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en Hoffman Plastics limita la capacidad de un trabajador indocumentado para recuperar los salarios que se habrían obtenido si el empleador no lo había despedido (pago retroactivo), la decisión de la Corte no prohíbe la reincorporación condicional de trabajadores indocumentados.

La decisión Mezonos Bakery deja claro que los trabajadores indocumentados tienen derecho a un remedio significativo cuando son víctimas de prácticas laborales injustas.  También es un importante recordatorio de que, independientemente de su estatus migratorio, los trabajadores cubiertos por la NLRA tienen derecho a actuar colectivamente para mejorar sus condiciones de trabajo y organizar un sindicato.

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